Quienes hayan cobrado la prestación por paternidad de la Seguridad Social en Bizkaia recibirán de la Hacienda Foral lo tributado por este concepto, igual que se está haciendo con lo tributado por las prestaciones de maternidad. La Diputacion interpreta que la doctrina establecida por el Tribunal Supremo para las prestaciones de maternidad es extensible a las prestaciones de paternidad. Así, Bizkaia devolverá también lo tributado por este concepto en aquellos ejercicios que aún no hayan prescrito.
Esta interpretación se alinea con el criterio seguido en la ultima modificación de la Norma Foral de IRPF, en la que se extendieron a las prestaciones de paternidad las exenciones fiscales de las que ya gozaban las prestaciones de maternidad. Según los datos de la Seguridad Social, entre 2014 y 2017 en Bizkaia se abonaron 25.746 prestaciones de paternidad a 22.755 contribuyentes. El importe bruto de estas prestaciones fue de 32,4 millones de euros, y sobre ellas se practicaron retenciones por importe de 2,6 millones.
La estimación del coste que tendrá para las arcas de la Diputación devolver lo tributado por las prestaciones de paternidad es de unos cinco millones de euros, que se suman a los 40 millones de euros estimados para las de maternidad. En total, la devolución de lo tributado por maternidad y paternidad beneficiará a 49.640 personas por un importe aproximado de 45 millones de euros. A esto habría que sumarle el impacto que tendrá el ajuste que se realice en la campaña de renta 2018 respecto de las retenciones practicadas a estas prestaciones durante el presente ejercicio.
Para reclamar la devolución de lo tributado por las prestaciones de paternidad los solicitantes tendrán a su disposición los mismos recursos que habilitó la Hacienda Foral para simplificar el trámite de devoluciones de maternidad. Se trata de un modelo de solicitud específico en el que únicamente deberán aportar sus datos identificativos y de contacto y que podrán encontrar tanto en www.bizkaia.eus como en las 17 oficinas forales donde podrán presentarlo. Estos puntos de presentación son las oficinas de la Hacienda Foral, las oficinas integrales de la Diputación, la oficina de atención ciudadana y los puntos de registro de los departamentos forales.
Esta solicitud se puede presentar mientras la declaración de renta correspondiente al ejercicio en el que se percibió la prestación no haya prescrito, de modo que no existen plazos para la presentación más allá de la propia prescripción. Una vez presentada la solicitud, Hacienda procederá a rehacer las declaraciones correspondientes, abonando a los solicitantes la diferencia.
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La medida supondrá un coste de unos cinco millones de euros para las arcas forales. |
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