Aunque la legislatura esté en su tramo final en Euskadi, la producción legislativa del Parlamento Vasco no se detiene. Así, el 7 de abril se aprobará la Ley de Adicciones, cuyo objetivo principal es proteger la salud de las personas haciendo hincapié en la de los menores de edad y en la de aquellos colectivos considerados más vulnerables. El Ejecutivo de Gasteiz aprobó en diciembre el proyecto de ley desde el absoluto convencimiento de que las drogas y, en consecuencia, las adicciones son una cuestión de salud pública que hay que abordar desde un enfoque transversal y yendo tanto a las causas como a las consecuencias.
Entre las novedades que aportaba esta iniciativa se encontraba en principio la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo que mediara una autorización municipal que sí lo permitiera en determinados acontecimientos festivos o populares, aunque este punto se ha suprimido tras su paso por la Comisión de Salud y Consumo del Parlamento. A partir de ahí, serán los ayuntamientos los que lo regularán en su totalidad, tal y como ocurre hoy en día. En todo caso, por primera vez, se prohíbe a través de una ley el consumo de alcohol por parte de menores de edad. Otro de los aspectos más llamativos del proyecto es el que se refiere a la prohibición de fumar en instalaciones accesibles al público, incluyendo las cerradas, semicerradas y al aire libre, sean de titularidad pública o privada. En el caso de las sociedades gastronómicas, los socios podrán invalidar esta limitación sometiéndola a votación. Asimismo, quedarán reguladas las llamadas 'adicciones comportamentales', como pueden ser la ludopatía o las relacionadas con los videojuegos. Además, el cigarrillo electrónico tendrá la misma regulación que el tabaco. En la norma, se regularán también los clubes de cannabis para que puedan quedar legalmente constituidos, aunque se deja para un futuro el desarrollo del correspondiente reglamento.
El Gobierno Vasco pretende actualizar su política en materia de adicciones, habida cuenta de que, a pesar de haber sufrido tres modificaciones, la última ley data de 1998. Siete son los objetivos que le guían: optimizar la efectividad de la prevención y la promoción de estilos de vida saludables; avanzar en las políticas de reducción de riesgos y daños; adecuar la normativa al avance y evolución de las normativas y estrategias de nuestro entorno; avanzar en los derechos y deberes de las personas consumidoras de drogas; estimular el compromiso de la sociedad civil y de la ciudadanía, y fomentar su participación en las políticas en materia de adicciones; determinar las responsabilidades de las diferentes áreas; y, por último, atender específicamente determinadas realidades.
Respecto a las infracciones y sanciones, la ley realiza una tipificación precisa de las conductas constitutivas de infracciones administrativas. El catálogo de sanciones es "congruente y proporcional" en cuanto al cumplimiento del régimen de infracciones. Se adaptan las cuantías de las sanciones a la verdadera gravedad de la infracción, con multas de hasta 600 euros por infracciones leves; de hasta 10.000 euros por las graves; y de hasta 600.000 euros en el caso de las de mayor gravedad. Las sanciones de multa impuestas a personas menores de edad podrán ser sustituidas por la realización de trabajos o actividades en beneficio de la comunidad o por la inclusión de la persona infractora en un curso de formación/información relacionado con las adicciones.
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